COBRO
DE LAS VACACIONES DE LOS INTERINOS
En la Mesa Sectorial de Educación que
hoy ha tenido lugar, el Departamento ha informado sobre este tema.
Para
interinos con plaza de curso completo o larga duración:
En la nómina de mayo, el Departamento de
Educación ha pagado los días de vacaciones que os corresponden por los meses de
septiembre a diciembre, lo que supone una base de cotización más alta a la Seguridad Social
durante los días que hayáis generado (por ejemplo, si estáis contratados desde
el 12 de septiembre de 2012, serían 9 días). Esto, de cara a jubilaciones y
demás derechos, beneficia a los compañeros que trabajan a tiempos parciales,
pero es insignificante para aquellos que tienen contrato de jornada completa.
En la nómina del mes de junio, aquellos
docentes que hayan trabajado durante todo el curso recibirán todas las
cantidades económicas que les correspondan, incluidos:
Ä los 15 días de vacaciones
de enero a junio,
Ä la paga extra de
junio (generada en los meses de diciembre de 2012 a mayo de 2013)
Ä y la parte
correspondiente de la paga extra de diciembre de 2013 generada durante el mes
de junio.
Ä En el mes de julio
tendrán cotizados a efectos de Seguridad social, paro y jubilaciones, los días
que les correspondan por vacaciones; estas cotizaciones no se ven reflejadas en
el INSS hasta el mes siguiente, pero SIEMPRE DEBEN corresponder a julio.
Para
los interinos que han trabajado en contratos sucesivos y hayan terminado el
último antes del fin de mayo:
Aquellos trabajadores que hayan finalizado el
contrato antes de terminar el mes de mayo, tendrán libranza económica y de
cotización por los días de vacaciones que correspondan (hay que contar 2’5 días
por cada periodo de 30 trabajados y contemplar también las fracciones, es
decir, los días que os queden sueltos). Aunque el pago económico ha sido en mayo,
hasta junio (a mes vencido) no tendrán reflejada la cotización correspondiente
a esos días.
Para
todos los interinos que quieran solicitar el paro:
El Departamento de Educación ha informado de
que los certificados de empresa (que son necesarios para pedir la prestación) serán
remitidos directamente al INAEM, es decir, ni hay que pedirlo ni hay que ir a
recogerlo.
Está claro que no quieren ver a nadie por
allí dando murga.
Zaragoza,
a 25 de junio de 2013
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