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jueves, 27 de febrero de 2014

RECUERDA: LA IT POR GRIPE O FRACTURAS ÓSEAS NO DAN LUGAR A DESCUENTOS EN NÓMINA

Ante las consultas que en el Sindicato de Enseñanza estamos recibiendo respecto a los descuentos en la baja laboral por enfermedad queremos recordar que el pasado 23 de diciembre, en la Mesa General de Negociación, se aprobó la Instrucción por la que se concretan y amplían los supuestos excepcionales que permiten la percepción del complemento de incapacidad temporal, sin penalización, en casos de hospitalización, intervención quirúrgica y enfermedad grave, recogidos en la Instrucción de 10 de octubre de 2012, por la que se aprueban criterios de gestión en materia de complementos de incapacidad temporal.



La actual Instrucción hace una lectura amplia de los supuestos excepcionales que no dan lugar a descuento en nómina, recogiendo expresamente las pruebas exploratorias invasivas, los tratamientos oncológicos, los derivados de las complicaciones del embarazo y el parto, el mantenimiento de la prestación causada por menores afectados por cáncer, así como las enfermedades recogidas en los Anexos I y III del 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como aquellas incluidas en los anexos del Decreto 222/1996, de 23 de diciembre de 1996, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la vigilancia epidemiológica en Aragón, que incluyen la gripe y las fracturas óseas, entre otras muchas enfermedades de “declaración obligatoria”.

Descargas:

Instrucción de 23 de diciembre de 2013 - Supuestos


domingo, 17 de marzo de 2013

4 DIAS AL AÑO X MOTIVOS DE SALUD SIN BAJA LABORAL Y SIN DESCUENTOS


LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA DGA DISPONDRÁN DE CUATRO DÍAS AL AÑO DE AUSENCIA EN EL PUESTO DE TRABAJO SIN DESCUENTO EN NÓMINA POR MOTIVOS DE SALUD QUE NO IMPLIQUEN BAJA LABORAL

 

Hoy viernes, 15 de marzo se ha reunido la Mesa General de Negociación de la DGA para proponer, entre otros temas, la adaptación a los empleados públicos de la DGA del acuerdo firmado por la Administración General del Estado en el cual este colectivo disponía de 4 días de ausencia anuales en el puesto de trabajo que no implicaran baja laboral sin descuento en la nómina.

 

Como ya sabéis, la Federación de Enseñanza de CCOO ya manifestó en la Mesa Sectorial de Educación de principios de 2013 la solicitud de que se adaptara esta normativa estatal a la DGA ya que se consideraba totalmente discriminatorio el hecho que en Aragón durante los tres primeros días de ausencia en el centro, tanto por baja laboral como por motivos de salud sin baja, se nos descontara el 50%  del salario.

 

La instrucción de la Dirección General de la Función Pública aprobada hoy modifica la de 10 de octubre de 2012 por la que se aprobaban criterios de gestión sobre medidas en materia de complementos de incapacidad temporal y dice:

 

“Las ausencias debidas a enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal no serán causa de descuento en nómina, con el límite de cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales solo tres podrán tener lugar en días consecutivos. Una vez superado este límite, dichas ausencias comportarán la deducción de retribuciones prevista para los tres primeros días de ausencia por incapacidad temporal.”

 

CCOO ha hecho saber a la Administración su oposición a que esta norma solamente afecte a las ausencias que no suponen baja y no afecte también a las ausencias por baja laboral. Entendemos que es discriminatorio y que deberían ambos casos contemplarse de la misma manera. Por eso, aunque consideramos positiva esta adaptación, nos hemos abstenido. La Administración nos ha contestado que no está dispuesta a modificar en Aragón algo que ha llegado de la Administración General del Estado.

 

IMPORTANTE: Esta Instrucción tiene efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2013, por lo que si algún empleado público ha hecho uso de este derecho de ausencia sin baja en lo que llevamos de año, como máximo 4 días los podrá reclamar ante la DGA. En el caso de los docentes, ante el Departamento de Educación o Servicio Provincial correspondiente. 

 

Por último, se ha solicitado de nuevo por CCOO en esta Mesa General de Negociación la convocatoria lo antes posible de una Mesa Técnica que elabore un listado de enfermedades graves en la que se incluyan las que por su carácter infecto-contagioso afectan tanto al colectivo docente como al sanitario.