LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA DGA
DISPONDRÁN DE CUATRO DÍAS AL AÑO DE AUSENCIA EN EL PUESTO DE
TRABAJO SIN DESCUENTO EN NÓMINA POR MOTIVOS DE SALUD QUE NO IMPLIQUEN BAJA
LABORAL
Hoy viernes, 15 de marzo se ha
reunido la Mesa General
de Negociación de la DGA
para proponer, entre otros temas, la adaptación a los empleados públicos de la DGA del acuerdo firmado por la Administración
General del Estado en el cual este colectivo disponía de 4
días de ausencia anuales en el puesto de trabajo que no implicaran baja laboral
sin descuento en la nómina.
Como ya sabéis, la Federación de Enseñanza
de CCOO ya manifestó en la Mesa Sectorial
de Educación de principios de 2013 la solicitud de que se adaptara esta
normativa estatal a la DGA
ya que se consideraba totalmente discriminatorio el hecho que en Aragón durante
los tres primeros días de ausencia en el centro, tanto por baja laboral como
por motivos de salud sin baja, se nos descontara el 50% del salario.
La instrucción de la Dirección General
de la Función Pública
aprobada hoy modifica la de 10 de octubre de 2012 por la que se aprobaban
criterios de gestión sobre medidas en materia de complementos de incapacidad
temporal y dice:
“Las ausencias debidas a enfermedad o accidente que no den lugar a
incapacidad temporal no serán causa de descuento en nómina, con el límite de
cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales solo tres
podrán tener lugar en días consecutivos. Una vez superado este límite, dichas
ausencias comportarán la deducción de retribuciones prevista para los tres
primeros días de ausencia por incapacidad temporal.”
CCOO ha hecho saber a la Administración su oposición a que esta norma
solamente afecte a las ausencias que no suponen baja y no afecte también a las
ausencias por baja laboral. Entendemos que es discriminatorio y que deberían
ambos casos contemplarse de la misma manera. Por eso, aunque consideramos
positiva esta adaptación, nos hemos abstenido. La Administración nos
ha contestado que no está dispuesta a modificar en Aragón algo que ha llegado
de la Administración
General del Estado.
IMPORTANTE: Esta Instrucción
tiene efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2013, por lo que si algún
empleado público ha hecho uso de este derecho de ausencia sin baja en lo que
llevamos de año, como máximo 4 días los podrá reclamar ante la
DGA. En el caso de los docentes, ante el
Departamento de Educación o Servicio Provincial correspondiente.
Por último, se ha solicitado de
nuevo por CCOO en esta Mesa General de Negociación la convocatoria lo antes
posible de una Mesa Técnica que elabore un listado de enfermedades graves en la
que se incluyan las que por su carácter infecto-contagioso afectan tanto al
colectivo docente como al sanitario.
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